administradores de fincas en Sevilla

Han aparcado en mi plaza de garaje, ¿cómo debo actuar? 🚗🏨

Si vuestra comunidad de vecinos dispone de garaje seguro que alguna vez os habéis encontrado con que un propietario ha aparcado en vuestra plaza sin permiso. En ese caso ¿sabéis cómo debéis actuar? ¿sabéis qué dice la ley al respecto? Hoy como Administradores de Fincas en Sevilla os respondemos a estas cuestiones.

Imaginaros que un día os disponéis a aparcar en vuestra plaza de garaje y os encontráis con que un vecino ha aparcado en ella sin previo aviso. Eso supone que tengáis que dar vueltas y vueltas alrededor de la vivienda para encontrar aparcamiento. Al tratarse de un recinto privado, y en la mayoría de las ocasiones, poco espacioso, no permite que la grúa entre y solucione el problema, así que lo único que podemos hacer es esperar. Justo por ello, consideramos que no está de más saber cómo de “ilegal” es que aparquen en nuestra plaza de garaje, y qué derechos tendríamos si esto ocurre.

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CÓMO ACTÚAR SI ALGUIEN OCUPA NUESTRA PLAZA DE GARAJE

Recurre al diálogo
Como Administradores de Fincas en Sevilla, os recomendamos actuar siempre por la vía más amable. Si esto ha ocurrido una sola vez es posible que haya sido un fallo o un error. Si reconocemos el coche podemos hablar amablemente con el vecino para que lo quite. Si no sabemos a quién pertenece, podemos hablar con el presidente de nuestra comunidad -que algunas tienen acuerdos con grúas privadas para que retiren el coche- o recurrir al clásico “papelito informativo”. En el caso de que nuestra comunidad tenga este servicio y la grúa pueda retirar el coche, el vecino incumplidor será el encargado de abonar la factura.

No cometas errores
Si tenéis muy mal día y esta acción lleva tiempo repitiéndose, necesitamos recordaros que pincharle una rueda, rallarle la pintura o intentar mover el coche a la fuerza no es una solución. Además estas acciones pueden volverse en tu contra ya que también están recogidas en el Código Penal.

Denuncia
Si no consigues dar con el propietario del coche y ves que los días pasan y el coche sigue ahí, es el momento de denunciarlo a la policía. Ocupar una plaza de garaje ajena está recogido en el Código Penal como delito. Si a pesar de haberlo denunciado la policía, esta persona desobedece el dictamen del juez, puedes volver a denunciarlo una segunda vez por desobediencia. Este es el caso más extremo. En él la policía actuaría de inmediato y el propietario del coche incurriría en un delito grave.

¿QUÉ OCURRE SI LA PLAZA EN LA QUE YO APARCO ES ALQUILADA?

Es posible que la plaza de garaje en la que nosotros aparcamos esté alquilada, y por tanto, nosotros no seamos los propietarios. En este caso la actuación debería ser igual, salvo que tengamos que emprender acciones legales. Si esto ocurre deberíamos avisar al propietario para que sea él quién realice el procedimiento.

Desde AfinMar esperamos que este artículo os haya resultado interesante y os ayude a resolver este pequeño problema entre vecinos.

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Elegir un buen servicio de limpieza: fundamental para combatir el Covid-19 🏫💦

La limpieza es fundamental en una comunidad de vecinos, y más ahora con la situación que estamos viviendo. Hoy, como Administradores de Fincas en Sevilla, os ayudamos a que elijáis el mejor presupuesto de limpieza con algunos sencillos consejos.

Tras la aparición del Covi-19 la importancia de la limpieza e higiene en las comunidades de vecinos ha tomado más fuerza que nunca. Es evidente que a todos nos gusta vivir en un lugar agradable y que tenga un buen olor, pero actualmente vamos un paso más allá. Mantener la comunidad limpia e higienizada es fundamental para evitar posibles contagios. Por ello, si actualmente estáis en el proceso de decidir qué empresa se encargará de este apartado tan importante, os recomendamos seguir estos consejos.

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PRIMERO VISITAR LA COMUNIDAD Y DESPUÉS MIRAR EL PRESUPUESTO

Por precaución, ahora realizamos muchas gestiones a través del teléfono móvil o del ordenador. Como administradores de fincas en Sevilla desaconsejamos que el presupuesto de limpieza se realice de esta manera. Lo ideal es que la empresa visite la comunidad para que así pueda crearos un presupuesto a vuestra medida, sin aproximaciones. Puede pasar que se de por bueno un presupuesto, se contrate a la empresa, y una vez comienza a trabajar y ve la comunidad este suba. A veces, por comodidad y por no tener que buscar a otra empresa nos quedamos con ella aunque su precio sea más elevado. Así, que al contactar con la empresa, debemos asegurarnos de que nos hagan una visita.

COMPARAR VARIOS PRESUPUESTOS

Si importante es que nos ofrezcan un presupuesto real y no aproximado, igual de importante es contactar con varias empresas. Esto nos permitirá encontrar a la que mejor se adapte a nuestra necesidades. Dentro de los servicios de limpieza debéis mirar si vienen especificados aquellos que se realizan de manera  puntual como el garaje o los cristales. Es posible que dentro del presupuesto más elevado venga incluído y que el más económico lo cobre a parte. Todo se deberá mirar detenidamente para que después no haya que hacer un desembolso extra.

LO MEJOR NO SIEMPRE ES LO MÁS ECONÓMICO

Pueda pasar que dentro de algunos presupuestos vengan incluídos servicios que nuestra comunidad no necesita. Si esto es así podríamos hablar con la empresa de limpieza y comentarle las necesidades reales que tiene nuestro edificio. Dejarse llevar por una oferta demasiado económica puede costarnos caro. Como administradores de fincas en Sevilla os recomendamos que desconfiéis de presupuestos excesivamente económicos: y recalcamos lo de excesivamente. No es igual que nos ofrezcan un servicio económico a que nos ofrezcan algo sorprendentemente económico.

No olvidéis que la limpieza de vuestra comunidad es la primera herramienta contra los contagios. Un buen servicio de limpieza nos ayudará a vivir de manera más confortable y segura.

 

 

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¿Podemos exigir el abandono de un piso compartido a un positivo en Covid-19? ❌

El lunes compartíamos con vosotros la historia de Elena Cañizares, una estudiante de enfermería positiva en Covid-19 a las que sus compañeras de piso querían echar de la vivienda. ¿Es esto legal? Hoy como Administradores de Fincas en Sevilla os respondemos a la pregunta.

Bastó un hilo de Twitter para que la historia de Elena Cañizares entrase el pasado domingo en el corazón de media España. Esta joven estudiante de enfermería publicó en la red social su desesperación ante la actitud que sus compañeras de piso habían tomado tras enterarse de que era positiva en Covid-19. Desde el punto de vista de las compañeras, que Elena volviera a casa de sus padres era la mejor decisión y la más responsable. Con exigencias, le obligaban a abandonar el piso que compartían, pero ¿es esto legal? ¿podemos obligar a que nuestr@ compañer@ de piso contagiado abandone el piso de alquiler? Hoy como Administradores de Fincas en Sevilla profundizamos en esta historia.

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Este caso a abierto el debate sobre si es legal echar a un compañero de piso tras dar positivo en Covid-19. La ley al respecto es tajante: no. Con independencia del tipo de contrato de alquiler que hayan firmado los inquilinos, ningún motivo de salud es razón para obligar a un arrendatario a marcharse del piso. El único motivo por el que sería legal llevar a cabo esta acción es  que exista un incumplimiento como el impago de la renta.

Pese a que Elena explicaba a sus compañeras que sus padres eran personas de riesgos por la edad y por patologías previas, estas seguían insistiéndole en que debía abandonar el piso para realizar el aislamiento en su casa. El protocolo de seguridad que una persona contagiada debe llevar a cabo también es claro y tajante: la persona afectada debe quedarse en su domicilio o en la vivienda en la que se confinada. Durante su confinamiento deberá estar en una habitación separada y si es posible no utilizar el mismo baño que el resto de personas.

El alquiler de pisos compartidos se desarrolla actualmente bajo dos modalidades contractuales:

  • El alquiler de habitaciones en el que lo que se alquila es el derecho de uso de la habitación.
  • Alquilar la vivienda a varios inquilinos a la vez. Esto suele hacerse en el caso de estudiantes. Los que alquilan la vivienda terminan convirtiéndose en coarrendatarios y son ellos quienes la comparten después según sus necesidades.

Como hemos dicho anteriormente, en ninguna de las dos circunstancias anteriores, los inquilinos tienen potestad para decidir si uno de ellos debe abandonar. Tan solo el arrendador y por motivos justificados podrá llevar a cabo esta acción.

Desde nuestro equipo aprovechamos para recalcar la necesidad de ser solidarios en estos tiempos tan difíciles. El compañerismo y la ayuda pueden ser nuestras mejores herramientas para sobrellevar esta crisis sanitaria y económica.

 

 

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Síndrome de Diógenes, una enfermedad que afecta a toda la comunidad 🚓

Convivir con un/a vecino/a que sufre Síndrome de Diógenes puede convertirse en una pesadilla para el resto de inquilinos del edificio. Como Administradores de Fincas en Sevilla, sabemos que muchos propietarios no saben cómo actuar ante esta situación. En este artículo os damos algunas pautas para que podéis paliar el problema lo antes posible.

El Síndrome de Diógenes no afecta solo a quién lo sufre, sino que también tiene consecuencias negativas para el resto de vecinos de la comunidad. Esta enfermedad trae como consecuencia malos olores, insectos, y en muchos casos, una mayor probabilidad de incendios. Durante el confinamiento saltaron las alarmas de muchos inquilinos que a los que se les estaba haciendo insostenible esta situación, y ahora que pasamos más tiempo en casa por las restricciones que se están tomando para frenar la pandemia COVID-19, hemos pensado que es un buen momento para profundizar en el problema.

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¿CÓMO ACTUAR ANTE UN VECINO QUE SUFRE SÍNDROME DE DIÓGENES?

En primer lugar, nosotros como Administradores de Fincas en Sevilla, recomendamos intentar hablar con el vecino, aconsejándole que se someta a un tratamiento médico. Si no somos capaces de comunicarnos con él, o simplemente, ignora nuestros consejos ha llegado el momento de acudir al Ayuntamiento de nuestra ciudad.

Según la Ley de Bases de Régimen Local los Ayuntamientos tienen la competencia para tomar medidas para proteger la salubridad pública. Una vez hemos llevado y planteado el problema, el Ayuntamiento iniciará un Procedimiento Administrativo de Inspección. En este proceso los funcionarios intentarán acceder a la vivienda con el consentimiento del propietario. Tanto si lo consiguen por esta vía y constatan que en la vivienda hay una situación de insalubridad, como si no consiguen su consentimiento pero hay suficientes pruebas como para demostrar esta situación, se dictará una resolución dando un plazo para que inquilino haga la limpieza del domicilio.

Desgraciadamente, en la mayoría de estos casos la persona enferma desoye el requerimiento de limpieza y el es Ayuntamiento quién procede a la desinfección y a la realización de todas las tareas necesarias pa la higienización de la vivienda. En caso de que se proceda de esta manera, será la misma persona quien corra con los gastos de este servicio.

Ahora bien, como imagináis, para realizar dicha limpieza es necesario acceder al interior de la casa. El Ayuntamiento no puede hacerlo por la fuerza así que para ello necesitará una autorización judicial.

Es oportuno recordar que no es viable legalmente plantear la expulsión de esa persona de la vivienda salvo en dos casos:

  • Que el inquilino esté de alquiler
  • Pidiendo una autorización judicial para meter al enfermo en un centro psiquiátrico.

Como ya os hemos dicho, sabemos que esta enfermedad supone grandes problemas para la comunidad. Si necesitáis ayuda de profesionales que os asesoren durante el proceso no dudéis en contactar con nosotros llamándonos al 954 023 916.

 

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¿Estamos obligados a instalar un ascensor en la comunidad? 🏫🤔

El ascensor es motivo de disputa en muchas comunidades de vecinos. Hoy en AfinMar, como administradores de fincas en Sevilla, os decimos en qué caso podemos exigir que se ponga y cuándo no.

Actualmente nos puede parecer impensable la creación de un edificio de más de dos plantas sin ascensor, pero en muchos de los bloques de pisos antiguos este elemento no existe y puede llegar a convertirse en un motivo de disputa entre los distintos propietarios. Si todos los propietarios están a favor de instalar un ascensor en el edificio no hay problema, la confrontación ocurre cuando son una minoría los que exigen esta obra. Como administradores de fincas en Sevilla os decimos en qué casos la comunidad está obliga a instalarlo y cuándo no.

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Si lo pide un solo propietario la comunidad se verá obligada a hacer la reforma en las siguientes circunstancias:

  • Que el propietario que lo pide tenga más de 70 años o algún tipo de discapacidad.
  • Que en la vivienda del propietario que exige el ascensor trabaje, viva, o preste algún servicio voluntario una persona de más de 70 años o con discapacidad.

En caso de cumplir estos requisitos la comunidad se verá obligada a la instalación. Ahora bien, la misma ley limita el presupuesto y marca como límite de importe el de 12 mensualidades de las cuotas habituales de la comunidad por propietario una vez descontadas las subvenciones y ayudas a las que pidieran tener derecho.

En caso de que el presupuesto supere el establecido, no habría ningún problema para seguir adelante con la instalación siempre y cuando sea el propietario interesado quién se haga cargo del coste restante, o si el coste extra resulta aprobado por mayoría simple en la junta de vecinos.

¿Qué ocurre cuando la petición de la instalación del ascensor viene de parte de una minoría de la comunidad y no cumple ninguna de las circunstancias anteriores?
En este caso la reforma y el presupuesto debe ser aprobado por la junta de vecinos por una mayoría absoluta.

Desde AfinMar no queremos dejar pasar la oportunidad de recordaros que un ascensor dentro de una comunidad no solo facilita la movilidad de todas las personas, sino que también revaloriza el precio de cada una de las viviendas. Como decimos, es una de las mejoras más comunes que se plantean en las comunidades de vecinos y una de las que mayor disputas crean.

Si tu comunidad de vecinos se encuentra en una situación parecida y no sabes cómo actuar no dudes en contactar con nosotros. Como administradores de fincas en Sevilla, tenemos la experiencia necesaria para resolver cualquier problema que tenga tu comunidad. Llámanos al 645 66 25 03 o escríbenos un correo a info@administramosfincas.com. Estaremos encantados de ayudarte.

 

 

 

 

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Así deben usarse las mascarillas en las comunidades de vecinos 😷✅

La mascarilla es uno de nuestros mejores aliados en la lucha contra el COVID-19. Como administradores de fincas en Sevilla queremos recordarles a nuestros lectores cómo deben usarla en las comunidades de vecinos.

Hace dos semanas os hablábamos de la necesidad de usar la mascarilla en los ascensores, pero ese artículo nos hizo darnos cuenta de que no es ahí en el único lugar en el que la olvidamos. Espacios comunes como las escaleras, el garaje o la entrada también son propensos a olvidos. ¿Por qué? Posiblemente porque en ellos nos sintamos como en casa y eso hace que prescindamos de la mascarilla. Como administradores de fincas en Sevilla sentimos la necesidad de recordaros que la mascarilla es obligatoria en todos los espacios, especialmente en los que mencionamos a continuación:

Entrada y salida del portal

Es el lugar de más tránsito de una comunidad. Por ahí pasan todos y cada uno de los vecinos, y por ello, debemos tener especial cuidado. También es probable que este sea uno de los mayores puntos de encuentro así que recordad: usad siempre la mascarilla y guardad la distancia de seguridad.

Escaleras, pasillos y vestíbulos

Aunque en estos espacios nos sintamos como en casa, debemos recordad que son zonas que compartimos con otros vecinos. Llevar la mascarilla no es solo una acción de protección hacia nosotros mismos, sino también hacia el resto de personas con las que nos encontramos. Es un acto de responsabilidad y solidaridad que no debería ser olvidado.

El ascensor

La semana pasada le dedicamos un artículo completo a este apartado. Es un espacio cerrado y reducido, por lo que debemos extremar las medidas de seguridad. Si queréis saber todos los motivos por los que es necesario usar la mascarilla en el ascensor, os invitamos a leer este artículo.

Garaje

Los garajes tampoco están exentos de las medidas de seguridad y es necesario que lo recordemos. Hasta que no nos montemos en nuestro vehículo (siempre y cuando estemos solos o con alguna persona conviviente) no podemos quitarnos la mascarilla.

Aprovechamos para mencionar que en las zonas comunes al aire libre también debemos mantener las medidas de seguridad.

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¿CÓMO USAR CORRECTAMENTE LA MASCARILLA?

Las mascarillas pueden ser agrupadas en tres grandes grupos: higiénicas, quirúrgicas y de alta eficacia. Como su propio nombre indica, las que más nos protegen son las de alta eficacia, grupo al que pertenecen la FFP2 y FFP1. En caso de no poder utilizar estas, siempre tenemos la opción de las quirúrgicas o las higiénicas. Para poder usarla correctamente necesitamos seguir estos 3 pasos:

  1. Lavarse las manos con agua y jabón o con un gel hidroalcohólico antes de tocarla.
  2. Asegurarnos de que no quedan espacios abiertos con la mascarilla y cubrirnos la boca y la nariz.
  3. No tocar nunca el interior de la mascarilla.

Desde nuestro equipo esperamos que estar artículo os haya servido de ayuda y os recuerde que el uso de la mascarilla también es obligatorio en las zonas comunes.

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🛑 STOP INTRUSISMO 🛑 Confía en administradores de fincas colegiados

El mundo de los administradores de fincas a nivel nacional debe ponerse en pie ante casos como el que nos hemos encontrado últimamente en Gran Canaria. Atendiendo a una noticia surgida estos días en La Provincia – Diario de Las Palmas, hemos podido llegar a comprobar que el intrusismo ilegal sigue siendo una realidad para el mundo de los administradores de fincas, y por ello hoy redactamos este artículo alzando nuestras voces.

La noticia que llega a nuestra oficina nos enerva, el caso es que nuestros compañeros del Colegio de Administradores de Fincas de Las Palmas ya han advertido de casos como este. Un falso gestor de edificios ha conseguido llegar a estafar más de 20.000€ a una comunidad de vecinos de la Playa del Inglés falsificando la firma de directiva de la comunidad. El propio colegio pertinente ha sido claro, declarando que “muchas personas que ejercen la actividad de Administrador de Fincas no están colegiados, por lo que en definitiva no son administradores según las leyes”. Desde nuestro equipo de administradores de fincas en Sevilla secundamos estas palabras firmemente e instamos a los organismos pertinentes, y a los propios vecinos, que estén ojo avizor frente a estafas de este calibre.

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Como apunte ante esta situación, nuestros compañeros del Colegio de administradores de fincas de Las Palmas también quisieron dejar claro que “este no es un hecho aislado, son muchos los individuos que dicen ser administradores o que se presentan dispuestos a gestionar una comunidad. Esta es una profesión cualificada que requiere de expertos que guíen a los comuneros tanto en el mantenimiento correcto de zonas comunes, presentación y solicitud de subvenciones, o como ha ocurrido a lo largo de estos meses, guía y respaldo absoluto durante la incertidumbre del confinamiento”.

Por ello, hoy en AfinMar queremos dar voz a todos esos administradores de fincas que son heridos en su profesión dejando claro que las comunidades y todos aquellos encargados de controlar este perfil deben permanecer alerta y exigir el número de colegiado a toda persona que se ofrezca a gestionar su comunidad de vecinos.

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¿Por qué es necesario un administrador de fincas colegiado?

Un administrador de fincas colegiado es garantía de un servicio eficaz, independiente y responsable. El hecho de estar avalados por el Tribuna Supremo no significa más que nuestro trabajo debe ser reconocido como tal y asegurar una serie de garantías.

  • Los administradores de fincas son profesionales con una formación previa, tanto universitaria como a través de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas.
  • Además de la previa, la formación constante en todos los sectores que abarcan los administradores de fincas es una obligación para su gremio.
  • Debe cumplir estrictamente con un código deontológico y el propio colegio puede sancionarlo si no sigue esta normativa.
  • Cuenta con la garantía de un respaldo económico de hasta 700.000€ al año en caso de malas praxis.
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Tipos de morosos que hay en una comunidad de vecinos

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, sabemos que una de las principales preocupaciones en una comunidad de vecinos es la figura del moroso.

Aunque la situación económica ha mejorado, y se nota movimiento en la inversión de las comunidades de vecinos en las viviendas, aún existe un gran número de morosos que lastran la mejoría de la economía de las fincas. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, sabemos que en nuestra ciudad se han registrado menos propietarios que no abonan su cuota de la comunidad, pero también es cierto que, a pesar de este cambio de tendencia, aún existe un porcentaje importante de morosos.

Sevilla ostenta el tercer puesto en el ranking de morosos de Andalucía, sólo superada por Málaga y Cádiz, según estos datos el 43,87 de las comunidades tienen propiedades morosos y el importe medio de la morosidad asciende 1.377 euros. En cuanto a la morosidad bancaria, también ha disminuido levemente, un 1,5 por ciento respecto al año pasado, pero alcanza la cifra de 12 millones de euros.

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Los tres tipos de morosos más frecuentes de las comunidades de vecinos de Sevilla

Sí, hay varios perfiles diferentes de morosos, no todos son iguales. Desde nuestra empresa de administración de fincas hemos diferenciado tres tipo diferentes de morosos ¿cuál está presente en tu comunidad?

  • Los que no pueden pagar: estos vecinos están preocupados de verdad, agobiados económicamente y que dan explicaciones a la comunidad de los vecinos de su situación y del porqué no pueden afrontar los pagos por el momento.
  • Los que deciden no pagar: en el otro extremo se encuentran aquellos que o no quieren o están enfadados con la comunidad de vecinos. Este perfil es muy conflictivo porque básicamente no pagan porque no les da la gana, y esto hace que se instaure el mal ambiente. Por regla general no pagan hasta que la comunidad de vecinos no se meten en juicio.
  • El moroso bancario: el que tiene una deuda en una entidad financiera o que mientras inscribe el piso en el registro o realiza esos tramites no paga y al que, durante unos meses, la comunidad debe adelantar el dinero.

Sea el que sea, bien es cierto que su presencia ha descendido en nuestra ciudad lo que ha hecho que muchas comunidades de vecinos se plantean ya entrar en reformas en las viviendas. Es muy conveniente invertir en nuestras viviendas después de años de barbecho, ya que un mantenimiento deficitario puede que lo paguemos caro en un futuro no muy lejano. «El propietario debe ser consciente de que el inmueble merece una inversión para que no pierda valor», ha dicho el responsable de los administradores de fincas que cree que ha llegado el momento de «hacer arreglos» en las viviendas.

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Motivos para contratar un administrador de fincas

Hay entre un 70 y un 80 por ciento de viviendas en Sevilla que cuentan con la gestión de un administrador de fincas en Sevilla. Lo que quiere decir que un 30% de viviendas no cuentan con el asesoramiento necesario para conocer si están al día de los pagos, de si cuentan con subvenciones para instalar ascensores o si están cumpliendo con las inspecciones necesarias del edificio. Es por ello que recomendamos encarecidamente contar con profesionales para tener al día nuestra vivienda.

Cuenta con nuestros administradores de fincas en Sevilla y quédate tranquilo con la gestión de tu comunidad.

¿Qué obligaciones tiene un administrador de fincas?

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, nos gusta ser claros y transparentes respecto a las funciones y requisitos que debemos cumplir a la hora de ejercer nuestro trabajo.

Es por ello que hoy os explicamos cuáles son las obligaciones que un administrador de fincas debe cumplir con los propietarios de una comunidad de vecinos.

La sociedad evoluciona en todos sus ámbitos, y junto a ella, también evoluciona sus políticas, economía y costumbres culturales. Los administradores de fincas no somos ajenos a esta evolución y no es lo mismo ejercer nuestro trabajo hace veinte años que ahora. Muchos aspectos y prioridades de nuestro entorno han cambiado, y los profesionales del sector deben saber adaptarse a las nuevas realidades.

Hace veinte años no existía una conciencia ecológica tan arraigada y el uso de las tecnologías era más minoritario

¿A qué nos referimos? Hasta hace escasamente 20 años no existía una conciencia tan arraiga como en el tema de la eficiencia, el uso de las tecnologías era mucho menos democrático y existían ciertos tabúes a la hora de tratar algunos asuntos que, en realidad, todos los propietarios de una comunidad deben estar implicados.

Es por ello que nuestros administradores de fincas en Sevilla están en continua formación y aplicando nuevas herramientas para que la gestión de una comunidad de vecinos sea lo más personalizada y eficaz posible, de manera que ambas partes se encuentren satisfechas con el trabajo aplicado.

Mejorar el servicio

Así, las nuevas políticas de vivienda relacionadas con el ahorro energético o la accesibilidad universal hace que los administradores de fincas tengan que recibir la formación adecuada para dar respuesta a todas las preguntas y necesidades que surjan en una comunidad de vecinos. Además, las leyes varían con mucha frecuencia, ahora mismo ha habido una actualización de la Ley de Protección de Datos en la que tanto propietarios como profesionales de la gestión de fincas deben estar al corriente de su funcionamiento.

Porque un administrador de fincas eficiente no es el que sólo se encarga de la gestión económica de un bloque de viviendas, sino que también es el que aconseja, asesora y ayuda a los propietarios a sacar el mejor jugo a su entorno (y a su presupuesto). Además, de aconsejarlos a la hora de que las viviendas cumplan con las normativas pertinentes.

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Los problemas en las comunidades de vecinos han evolucionado, antes no existían los apartamentos turísticos o los vehículos eléctricos. Por lo que los profesionales del sector hemos tenido que estudiar las normativas de lo que se puede o no hacer dentro de una vivienda y lo que entra en conflicto con la pacífica convivencia.

De otro lado, la aplicación de la tecnología en nuestro día a día ha propiciado que podamos automatizar algunos trabajos y han creado nuevos canales de comunicación. La videovigilancia, los controles de acceso a los garajes o incluso algunas apps específicas para la gestión de fincas se han instaurado en nuestra rutina casi sin darnos cuenta. Es por ello que en Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, nos tomamos tan en serio estar a la vanguardia de las necesidades de nuestros clientes y en mejorar nuestras estrategias de comunicación.

¿Qué hacer con los vecinos morosos?

Uno de los problemas más usuales en las comunidades de vecinos es la morosidad de algún propietario. En nuestra empresa de administradores de fincas en Sevilla capital hemos tenido que lidiar con esta situación y sabemos cómo actuar ante este tipo de problema.

Según el Consejo General de Colegios de Administradores de fincas, cuatro de cada diez comunidades de vecinos tienen, al menos, un propietario que no está al día de sus pagos de las cuotas. Un problema que siempre ha existido en las viviendas pero que con la crisis se vio más agravada por falta de recursos.

Sin embargo, los últimos datos arrojan buenas  noticias ya que la morosidad en la comunidad de vecinos ha descendido por primera vez en ocho años. La deuda media actual se encuentra en los 1.377 euros por comunidad de propietarios, un 2,32% menos que en 2015.

En AfinMar, administradores de fincas en Sevilla capital, nos encontramos en muchas ocasiones con este problema, a continuación os ofrecemos algunos consejos ante esta situación si tu comunidad de vecinos no cuenta con administrador.

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Controlar los pagos mensualmente

Lo primero que debemos hacer es estar al día de los pagos para detectar lo antes posible al vecino moroso. Dar un toque de atención de forma temprana, y hacer tangible que hay un control de las cuentas puede atajar de cuajo la situación.

Contacto con el moroso

Siempre debemos tener presente que, en la mayoría de los casos, el vecino afectado no paga por apuros económicos. Por tanto debemos ponernos en contacto con él de forma amigable y notificarle, ya sea por teléfono, por mail o por correo ordinario que tiene una cuota pendiente con la comunidad de vecinos.

Comunicación certificada

Si el propietario moroso no responde a este primer contacto, se debe proceder más “duramente”. La forma de hacerlo es enviando un burofax o una carta certificada con la advertencia de que, de no efectuar el pago, la comunidad de vecinos puede reclamar el pago a través de una reclamación judicial.

Compartir el problema con el resto de propietarios

Si todas las acciones anteriores no causan ningún tipo de efecto, es hora de exponer el problema en junta. Para ello, se incluye al vecino moroso en el listado de recibos pendientes que se adjunta en la convocatoria de la junta.

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Acciones judiciales

En la junta debemos contar con un punto en el orden del día que se refiera a la decisión de proceder a liquidar la deuda del propietario moroso acudiendo a los tribunales.

Comunicar la decisión

Si la junta decide interponer demanda judicial, se debe notificar al moroso. Se volverá a enviar un burofax con acuse de recibo y certificación de texto del acuerdo aprobado en junta. El vecino afectado tendrá 15 días para pagar su deuda.

Por regla general, los morosos suelen pagar antes de meterse de lleno en un proceso judicial. Si tu comunidad de vecinos cuenta con algún moroso y no sabes cómo actuar ya, no dudes en contactar con nuestra empresa de administradores de fincas en Sevilla capital. ¡Cuenta con nosotros!