comunidades de propietarios

El Libro de Actas de las comunidades de propietarios ☝🏽 “¡Qué conste en acta!”

Es una de las frases más recurrentes, aunque en muchos de los casos no llegamos a entender el significado. El hecho de comentar el famoso “Qué conste en acta” hace referencia en la mayoría de los casos a que queremos que lo que hemos dicho o escuchado quede reflejado, pero en el caso de las comunidades de propietarios, ¿dónde queda reflejado?

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Hoy vamos a hablar sobre qué es el Libro de Actas de una comunidad de propietarios y la importancia que tiene para dejar constancia de todo lo que gira entorno a la comunidad. El Libro de Actas de una comunidad de propietarios es uno de los elementos más imprescindibles ya que es la herramienta ideal para mantener un registro legal de todo lo que sucede entorno a la comunidad, reuniones, juntas, conversaciones…. Por esa razón, su importancia es vital a la hora de dejar constancia por escrito de las decisiones que se toman con referencia a la comunidad de propietarios.

Como administradores de fincas en Sevilla, tenemos un constante contacto con las comunidades de propietarios y un conocimiento muy alto de todas las características que las rodean. A continuación hablaremos de la información obligatoria que debe contener un libro de actas bien desgranado:

  • La fecha y la hora: Será vital para dejar constancia el momento exacto en el que se ha producido la reunión, además de reflejar el motivo por el que se ha celebrado.
  • El orden del día: Es el tema, o temas, a tratar en la reunión llevada a cabo.
  • Carácter: Es importante diferenciar en este punto si la reunión ha sido de carácter ordinario o extraordinario, siendo obligatorio reflejar en este punto el número de la convocatoria.
  • Asistentes: Deberá elaborarse un documento en el que quede reflejado el número de propietarios que han asistido a la convocatoria. En el caso de haber asistido representantes de los mismos también deberán ser incluidos en el Libro de Actas de la comunidad de propietarios.
  • Resumen: Todo lo que se hable en la reunión deberá ser recogido en un resumen de asuntos debatidos, sea la decisión que sea y afecte en mayor o menor medida a la comunidad de propietarios.
  • Resultados: Si se establecen votaciones se recogerán los resultados y la participación y votación de cada propietario para así dejar constancia.
  • Aprobación: Este acta deberá ser aprobada por los propietarios y los presentes.

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Es necesario que todos estos puntos estén disponibles a la hora del cierre del acta, ya que su claridad será vital a la hora de resolver cualquier duda o problema que pueda surgir tras las reuniones.

Las actas de las comunidades de propietarios son el libro ‘gordo’ al que recurrir siempre que se le necesite. Si tu interés al llegar a una nueva comunidad es el de empaparte de su historia, no tienes más que recurrir a este libro donde todo movimiento ha quedado reflejado.

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