administradores de fincas en Sevilla

Gastos de la comunidad que no puedes negarte a pagar

En AfinMar, administradores de fincas en Sevilla, arrojamos luz a las dudas más frecuentes sobre los pagos de los vecinos respecto a los gastos de la comunidad de vecinos.

Poner de acuerdo a personas independientes a la hora de pagar para cualquier aspecto es una misión difícil de coordinar. Cuando hablamos de diferentes propietarios  a la hora de establecer presupuestos o derramas para la comunidad de vecinos, el panorama puede incluso complicarse más.

Averigua cómo puedes actuar si un propietario se niega a abonar su cuota correspondiente

Sea nuestra primera o segunda vivienda, tenemos unas obligaciones contractuales con nuestras propiedades. En nuestra empresa de administradores de fincas en Sevilla nos hemos encontrado situaciones de propietarios que no quieren asumir ciertos gastos que son obligatorios.

No caigas en conflictos con tu comunidad de vecinos, ten claro qué gastos debes abonar y averigua qué puedes hacer si algún propietario se niega a pagar.

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Siempre pagar el propietario

Es indiferente que disfrutemos o no de la propiedad, aunque tengamos alquilada la vivienda debemos asumir la comunidad. En ocasiones, puede que haya un vecino moroso o que tenga embargada la propiedad, por tanto, no abona su cuota. En este caso, los demás propietarios pueden denunciar, siempre que antes se haya pedido y notificado la deuda al vecino en cuestión.

Todos los vecinos tendrán que abonar las cuotas no pagadas

Sin embargo, mientras se solventa o no el conflicto, la cuota no abonada deberá ser realizada por todos los vecinos de forma proporcional. Para conocer exactamente cuál es la cantidad a abonar debemos consultar los estatutos de la comunidad en el que aparecerá actualizada la cuota.

No todos los vecinos pagan lo mismo

Las características de nuestra propiedad son las que determinan qué cuota debemos pagar. En concreto, el gasto se divide según la cuota de participación de cada una de las viviendas, la cual está fijada en la Escritura de división horizontal. Se tiene en cuenta la superficie ocupada, el emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

¿Cuáles son los pagos obligatorios?

A la hora de diferenciar pagos, nos encontramos los que están destinados a la reparación necesaria y los que son para actuaciones opcionales. Si se refieren a obras necesarias u obligatorias, cualquier vecino puede exigir que se realicen y todos los propietarios deberán pagar.

De otro lado, si las obras son opcionales y no necesarias para el mantenimiento del bloque, se decidirá en Junta, con mayoría de una 3/5 parte de los vecinos, la inversión y el coste concreto. Si se decide entre todos la aprobación de la actuación, todos los propietarios deben abonar la cuota exigida.

Respecto a otros posibles gastos, en lo referido a los desperfectos de la propia vivienda, la comunidad abonará el coste del arreglo en caso de que sea a causa del desgaste del edificio.

Si tienes cualquier duda en tu comunidad, o no sabes cómo actuar ante los vecinos morosos, no dudes en contar con nuestra empresa de administradores de fincas en Sevilla.

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