Ha caído el Gordo de Navidad en la comunidad de vecinos…
En España vivimos la Navidad de manera muy intensa. Una de las tradiciones que más cumplimos los españoles es la de comprar lotería para el sorteo extraordinario de lotería que se celebra el 2 de diciembre. Tal día como hoy, miles de boletos resultan premiados inundando de felicidad nuestros hogares. Pero ¿qué pasa si toca un premio en la comunidad de vecinos?
Con la estadística en la mano, tres de cada cuatro españoles retan a la suerte comprando lotería en compañía. Desde Afinmar, como expertos en administraciones de fincas os vamos a contar qué ocurre si cae el ‘Gordo’ o cualquier premio en la comunidad de vecinos.
Si la suerte sonríe a tu comunidad de propietarios y resultáis agraciados, el proceso a seguir es bien sencillo para evitar males mayores a la hora de cobrar el premio. Partimos de la buena intención de todos los participantes, pero como en la vida no se puede dar nada por hecho, vamos a contaros los distintos procedimientos para que reine la cordialidad y empecemos las fiestas con buen pie.
Lo más conveniente, realizar copias
Un décimo o una participación son documentos al portador y, en principio, el premio lo recibe quien lo posee. Tal y como hablamos, si este mismo resulta ser compartido entre dos o más personas, en este caso nuestros convecinos, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) dice que resulta prioritario fotocopiar el boleto y hacer llegar a cada parte una copia firmada por todos. Habría que especificar también qué cantidad juega cada parte compradora.
Toca repartir
Una vez que conozcamos el premio y tengamos identificadas a todos los vecinos, pasamos a la acción. Es turno de ir a cobrar al banco nuestro ansiado importe pero ¡cuidado! Esto también tiene su intríngulis y hay que seguir los siguientes pasos si queremos hacerlo bien:
El cobrador debe identificar en la entidad bancaria a todos los participantes y su porcentaje apostada. Esto lo hacemos para que quede constancia de apues/ beneficio de cada parte.
El propio banco puede abonar la cantidad a la persona titular, que podría ser perfectamente el presidente de la comunidad, y este se encargará después de repartirlo equitativamente. Volviendo a lo que dice la OCU si cobramos el décimo premiado antes de identificar a todas las partes, luego constará el reparto como una donación. Si esto ocurre concluirá teniendo que pagar también el impuesto de donaciones, a parte del 20% que ya retira Hacienda a los premios de más de 40.000 euros.
Y por último y no menos importante con respecto al cobro: El límite máximo para cobrar cualquier premio del Sorteo extraordinario es el 22 de marzo. Tres meses por delante para no olvidarnos de recoger ese pellizquito que nos ha alegrados las fiestas.
Nada más por nuestra parte. Hasta aquí la última entrada de 2022 en el blog de Afinmar. Nos despedimos hasta el año que viene deseándoos una Feliz Navidad y un próspero 2023 cargado de felicidad y grandes momentos.
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