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¿Quieres instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos en tu comunidad de vecinos?

¿Te has comprado un coche eléctrico y necesitas instalar un punto de recargar en el garaje de tu Comunidad? En AfinMar, tu administrador de fincas en Sevilla, te despejamos todas las dudas que tengas al respecto.

La capa de contaminación que cubre muchas ciudades españolas y del mundo, tiene su origen en los coches contaminantes y los altos niveles de tráfico. Se estima que en España fallecen 12 veces más víctimas por la contaminación atmosférica que por los accidentes de tráfico, por lo que es un problema realmente grave que nos afecta a todo. En AfinMar, administrador de fincas en Sevilla estamos concienciados con este tema y os instamos a reducir la contaminación.

Una de las soluciones, pasa por los coches eléctricos. Si disponemos de un garaje privado (chalet o vivienda unifamiliar) sabemos que no hay ningún problema en la instalación de un punto de recarga eléctrico pero, si disponemos de una plaza de garaje en una comunidad de propietarios ¿debe aprobarse en Junta su instalación? ¿Es necesario informar a la comunidad? ¿Qué procedimiento debemos seguir?
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A priori, la instalación de un punto de recarga eléctrico en una comunidad de vecinos es un proceso realmente fácil. Con el objetivo de facilitar al máximo la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos en los garajes comunitarios, el Gobierno modificó el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal: “La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.

Por lo tanto, no será necesario el permiso de la comunidad de propietarios para su instalación, bastará con su comunicación previa. Deberemos informar por escrito, bien al presidente de la comunidad, bien al Administrador de Fincas y es recomendable conservar una copia del documento con fecha y firma que acredite su recepción.

La instalación del punto de recarga deberá cumplir la Instrucción Técnica Complementaria de Baja Tensión, vigente desde junio de 2015 y podrá configurarse de diferentes maneras.
El esquema más habitual, es hacer una derivación desde el contador principal de nuestra vivienda hasta la plaza de garaje, el contador será común para la vivienda y el vehículo, unificando en un mismo contrato el consumo del hogar y del coche, por lo que el ahorro en términos de potencia contratada será notable.

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¿Qué puedo hacer si vivo en un edificio diferente al del garaje? En este caso, disponemos de dos opciones respecto a la instalación. La primera es contratar una nueva línea eléctrica exclusiva para la recarga del coche eléctrico, con los gastos que esto conlleva y la segunda y más económica es derivar un contador individual a partir del contador general del garaje comunitario. De esta manera, la comunidad de propietarios podrá repercutirme el gasto del vehículo eléctrico. La mayor dificultad de esta alternativa no es técnica, es de permisos, ya que será necesario que la medida se apruebe en Junta de vecinos.

Si tu administrador de fincas en Sevilla no te ha informado sobre el tema y estas pensando en comprarte un coche eléctrico, ya sabes el proceso que debes seguir para instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos en tu garaje. Todo gracias a AfinMar.