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¿Puedo celebrar barbacoas en la terraza de mi piso?

Llega el buen tiempo y con él las ganas de celebrar barbacoas con los amigos o la familia. Si disponemos de un jardín o de una terraza privada no hay problema ¿pero qué ocurre si queremos celebrar barbacoas en la terraza o en las zonas comunes? Hoy en el blog os hablamos sobre ello.

En Sevilla parece que el verano ha llegado con antelación. Parece ser que el buen tiempo ha llegado para quedarse y con él nuestras ganas de hacer reuniones al aire libre. Como decimos, este tipo de reuniones no deben ser un problema cuando las realizamos en espacios privados ¿pero qué ocurre cuándo las hago en zonas comunes o en lugares como terrazas y balcones? Aquí, la legalidad o no de este tipo de actividades no está tan clara, y hoy en AfinMar os hablamos de ello.

barbacoa

¿Podemos celebrar barbacoas en la terraza?

Aunque no hay ninguna legislación específica que prohiba hacer barbacoas en la terraza sí que encontramos el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que dice: “al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”

“El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

¿Qué significa esto? Pues esto siginica que pese a que no se prohibe expresamente sí que puede ocurrir que los vecinos le manifiesten al presidente la necesidad de que uno de los propietarios cese con esta actividad. Dado que una barbacoa provoca humo, malos olores e incluso ruido se debe consultar al resto de los vecinos, incluso al edificio de al lado.

¿Podemos celebrar barbacoas en un jardín comunitario?

En el caso del jardín comunitario existen dos opciones:

  • Que venga recogido de forma expresa en los estatutos de la comunidad.
  • Que no esté recogido en los estatutos.

Si en el estatuto viene recogido que está prohibido el uso de barbacoas portátiles en las zonas ajardinadas, entonces no se podrá dicha actividad. En el caso de que no venga recogido entonces nos veremos en la misma situación que en el caso de las terrazas y tendremos que acudir al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Como veis, la posibilidad o no de realizar barbacoas en la terraza o en las zonas comunes dependerá de los vecinos y del tipo de comunidad en la que vivamos.

 

 

3 preguntas sobre un administrador de fincas

Desde AfinMar sabemos que a la hora de contratar los servicios de un administrador de fincas hay dudas que se repiten. Hoy en el blog las reunimos todas para resolveros tres preguntas sobre un administrador de fincas.

Gestionar una comunidad de vecinos no es tarea fácil, por ello, muchas deciden contratar los servicios de un administrador de fincas y delegar en él ciertas responsabilidades. En AfinMar, llevamos muchos años atendiendo a nuestros clientes, y sabemos que en la primera toma de contacto surgen muchas dudas respecto a las funciones y al papel que este desempeña en la comunidad. Con un lenguaje sencillo, vamos a resolver aquellas que más se repiten con la idea de que sepáis cuándo debéis contar con su trabajo y cómo elegir a uno de confianza.

administrador de fincas

3 preguntas sobre el administrador de fincas

¿Qué funciones realiza un administrador de fincas?

  • Asegurar el correcto funcionamiento de la comunidad: el administrador de fincas es la persona encargada de asegurar el bienestar dentro de una comunidad de propietario. Para ello se preocupará de constatar que todos los elementos y las instalaciones del edificio se encuentren en estado óptimo. Además será el encargado de gestionar las cuentas, por lo que corroborará que todos los vecinos estén al día con los pagos.
  • Someter a las Juntas en plan de gastos previsibles: en este sentido, también deberá poner los medios pertinentes para hacer frente a estos. Es decir, el administrador de fincas será el responsable de elaborar un presupuesto teniendo en cuenta todos lo gastos y especificando cómo se hará frente a cada uno de ellos.
  • Conservar el inmueble: aunque la conservación del inmueble como tal es responsabilidad de los vecinos -son ellos quienes viven allí- el administrador de fincas debe detectar rápidamente las reparaciones o las medidas que tengan que realizarse de manera urgente. Una vez detectadas se las comunicará al Presidente.
  • Realizar aquellos acuerdos realizados en materia de obra y realizar los pagos pertinentes.

 

¿Cómo puedo saber si mi administrador de fincas está colegiado?

Estar colegiado es garantía de calidad. Algunas comunidades tienen problemas con su administrador porque este resulta poco profesional. Nuestro consejo, y una buena forma de asegurar dicha profesionalidad, es corroborar que estén colegiados. Si quieres saber si tu administrador de fincas en Sevilla está colegiado entra en www.cafsevilla.com y clica en “Busca tu administrador aquí” En AfinMar somos administrador de fincas colegiados y llevamos años trabajando para conseguir el bienestar en todas nuestras comunidades.

¿Como puedo contratar un administrador de fincas en Sevilla?

Si estás buscando un administrador de fincas en Sevilla puedes llamarnos al 645 662 503 – 685 724 914 o escribirnos un correo electrónico a info@administramosfincas.com. A través de estas dos vías os daremos toda la información necesaria para que sea un experto quién vele por el bienestar de tu comunidad.

Esperamos que este artículo os haya resultado interesante y haya resuelto 3 de las preguntas frecuentes sobre un administrador de fincas.

3 dudas frecuentes sobre la morosidad en las comunidades de propietarios

Como administradores de fincas en Sevilla, sabemos que hay dudas que se repiten en las comunidades de propietarios. Por ejemplo: ¿puede el presidente de la comunidad estar en situación de morosidad? ¿cuándo comienza a ser moroso un propietario? ¿le podemos quitar los suministros si no pagan? Hoy en estar artículo os resolvemos algunas preguntas frecuentes sobre las comunidades de propietarios.

Nuestros años de experiencia nos han permitido saber que hay preguntas que se realizan en la mayoría de las comunidades de vecinos. Muchas de ellas, están ligadas a la morosidad de algún propietario, y es que para conseguir el bienestar de una comunidad es esencial que las cuentas estén claras y sean transparentes. En el artículo de hoy os respondemos a las más comunes.

morosidad en la comunidad de propietarios

3 casos de morosidad en comunidades de propietarios

Presidente moroso

Una de las dudas que más os asaltan es saber si es legal que el presidente de la comunidad se encuentre en una situación de morosidad. La Ley de Propiedad Horizontal no hace referencia a esto en ningún caso, por lo que sí podría ser presidente una propietario que se encontrara en dicha situación.

Como bien sabéis, a la hora de elegir el presidente para vuestra comunidad de propietarios existen dos opciones: por voto y por sorteo o en turnos rotatorios. En caso de que en vuestra comunidad se realice por el primer sistema bastará con vetar entre todos los vecinos al propietario moroso. Si por el contrario realizáis el nombramiento por sorteos o turno y es elegido presidente un vecino moroso, no hay nada que impida que realice su función.

Pese a ello la comunidad debería advertirle que cancele su deuda para así no entrar en un conflicto de intereses. Si la deuda persiste, se podrá convocar una nueva Junta y destituirlo.

Vecino moroso

Se considera moroso a aquel propietario que no hace frente a los pagos de la comunidad, con independencia que sean pagos ordinarios o extraordinarios. Es decir, igual de moroso es aquel que debe 3 cuotas ordinarias de la comunidad, que aquel que no ha hecho frente a algún gasto extraordinario. Por supuesto, la cantidad de los impagos también es determinante a la hora de tomar medidas.

¿Puedo quitarle los suministros a los vecinos morosos?

No podemos dejar sin suministro de gas, agua o luz a ninguno de los inquilinos por no pagar las cuotas. Si tenemos un problema de morosidad serio dentro de nuestra comunidad debemos dejar que sea el administrador de fincas la persona encargada de gestionarlo, dando los pasos pertinentes para acabar con el problema.

Desde AfinMar administradores de fincas en Sevilla, esperamos que este artículo os haya servido de ayuda. Si tenéis alguna consulta o necesitáis la ayuda de profesionales no dudéis en contactar con nosotros llamándonos al 645 66 25 03. ¡Estaremos encantados de ayudarte!

vicepresidente en la comunidad

Todo lo que debes saber sobre vicepresidente de una comunidad de propietarios

Si perteneces a una comunidad de vecinos, es posible que a la hora de constituir el órgano de gobierno, os hayan surgido dudas respecto a qué figuras son obligatorias y cuáles no. El vicepresidente de una comunidad es una de las más desconocidas. ¿Es obligatorio nombrarlo? ¿Qué funciones realiza? Hoy como administradores de fincas en Sevilla resolvemos todas vuestras dudas.

En primer lugar, debemos decir que todas aquellas cuestiones que son relativas a las comunidades de vecinos o propietarios vienen recogida en la Ley 49/1960, sobre propiedad horizontal . En ella se recogen las personas que forman el órgano de gobierno de la comunidad y son:

  • Junta de Propietarios
  • Presidente y vicepresidente
  • Secretario
  • Administrador

comunidad de vecinos

¿Es obligatorio tener un vicepresidente en la comunidad?

Según establece la ley, el cargo de vicepresidente es totalmente opcional, y puede nombrarse uno o varios en función de las necesidades de la comunidad. En el caso de elegirse, el procedimiento a seguir es el mismo que realizamos para designar al presidente: mediante votación de los propietarios o a través de turnos rotatorios o por sorteo. Como requisito fundamental, la persona que sea nombrada con dicho cargo debe ser propietario de la comunidad (al igual que el presidente).

Repetimos que es un cargo voluntario y que solo se nombrará si los propietarios así lo deciden. Es posible que también os susciten dudas sobre la duración del cargo. En este caso el sistema es el mismo que para el presidente. El cargo tendrá un año de duración, salvo que los estatutos recojan otro periodo. Si el resto de propietarios así lo considera, el vicepresidente podrá ser cesado antes de este tiempo.

¿Cuáles son las funciones del vicepresidente de la comunidad?

A rasgos generales las funciones del vicepresidente de una comunidad de propietarios tiene dos funciones básicas:

  • Sustituir al presidente en caso puntuales de ausencia. Y es importante que recalquemos “puntuales” Esta sustitución no puede entenderse a largo plazo, solo para momentos concretos.
  • Ayudar al presidente en sus funciones.

¿Cuándo debemos nombrar a un vicepresidente?

Como decíamos al principio del artículo, la elección del vicepresidente es voluntaria y se realiza por parte de los propietarios de la comunidad. De este modo, no siempre es una figura necesaria. Como administradores de fincas podemos decir que este cargo es útil cuando son comunidades muy grandes y complejas.

En este caso el presidente (si no tiene la ayuda de un administrador) tiene una carga importante de trabajo y responsabilidad, por lo que siente la necesidad de compartirla con otra persona. En este caso con el vicepresidente. Para comunidades pequeñas, y medianas no lo recomendamos ya que con la figura del presidente y el administrador bastaría.

Desde AfinMar esperamos que este artículo haya despejado todas vuestras dudas sobre la figura del vicepresidente dentro de una comunidad de vecinos. Si tenéis alguna más, no dudéis en dejarnos un comentario o escribirnos a nuestras redes sociales. ¡Estaremos encantados de ayudaros!

comunidad de vecinos

Propietario, presidente y administrador ¿qué le corresponde a quién?

Para que una comunidad de vecinos funcione correctamente necesita la intervención de varios agentes. Por un lado tenemos al propietario, y por otro al presidente o al administrador de fincas. Hoy desde AfinMar desglosamos cuáles son las responsabilidades de cada uno y qué papel juegan dentro del inmueble.

Administrar una finca o un inmueble es una labor complicada, y ,por lo general, exige de la participación de diferentes figuras durante su gestión. Cada una de ella tendrá una función determinada que irá encaminada a lograr la correcta gestión. Como decimos, diferenciamos entre el propietario (quien a su vez también puede ser el presidente de la comunidad), y el administrador de fincas, que es una persona externa encargada de gestionar el inmueble. En este artículo explicamos de manera clara cuál es la función de cada uno de ellos y qué papel juegan dentro de la comunidad.

3 figuras importantes para gestionar la comunidad de vecinos

Propietario

En primer lugar debemos situar al propietario. El propietario tiene un poder de decisión individual sobre su vivienda pero no sobre el conjunto del inmueble. ¿Qué quiere decir esto? Pues bien, esta afirmación viene a explicarnos que el propietario podrá decidir de manera independiente sobre los temas que afecten su vivienda como por ejemplo las reformas. Sin embargo no tendrá el mismo poder de decisión cuando se trata de los elementos comunes (jardines, piscina, pista de tenis…).

Presidente de la comunidad

El presidente de la comunidad es otro papel fundamental dentro de la comunidad y está ostentado por un propietario. Este cargo va rotando entre todos los propietarios (salvo excepciones) y tiene un año de duración. Desde el primer día del nombramiento deberás asumir la responsabilidad de mejorar y velar por la buena gestión dentro de la comunidad. Alguna de sus funciones son:

  • Convocar a los vecinos para las Juntas de Propietarios
  • Mediar entre los posibles conflictos vecinales
  • Gestionar a los empleados existentes dentro de la comunidad (limpiadora, jardineros…)

Administrador de fincas

La responsabilidad del presidente de la comunidad quedará reducida si contratas a un administrador de fincas. El administrador de fincas es una persona ajena a comunidad que es contratada por todos los vecinos para que gestione y preserve de manera adecuada el inmueble. Es importante que tengáis en cuenta que todas las decisiones que este tome, dependerá de los acuerdos de los vecinos.

En AfinMar, como administradores de fincas en Sevilla realizamos labores de asesoramiento, actuamos como representantes en determinadas gestiones bancarias, informamos sobre los trámites administrativos que sean de interés para la comunidad y hacemos de conectores ante litigios con otros propietarios. Todas nuestras labores tienen como fin velar y salvaguardar el correcto funcionamiento de la comunidad.

Esperamos que este artículo os haya servido para diferenciar estas 3 figuras esenciales dentro de la comunidad de vecinos.

Consejos para aumentar la seguridad en una comunidad de vecinos

La seguridad es uno de los problemas que más preocupa a las comunidades de propietarios. Estas, cada vez son más grandes y, al existir una mayor rotación de inquilinos, la inseguridad aumenta. Hoy como administradores de fincas en Sevilla, os damos algunos consejos para aumentar la seguridad en tu comunidad de vecinos.

Los robos en las comunidades no solo afectan a los propietarios como tal, sino que también pueden provocar daños colaterales en las zonas comunes que después deben ser reparadas. Para solucionar este problema, desde AfinMar hemos creado una lista de consejos que esperamos os sirvan de ayuda.

videovigilancia

6 consejos para aumentar la seguridad en tu comunidad de vecinos

  • Prestad especial atención a la azotea: las azoteas es una de las zonas comunes más olvidadas, sin embargo es una de las más accesible, sobre todo si vivimos en zonas céntricas. Por ello, a la hora de pensar en la seguridad debemos priorizar esta zona frente a las demás.
  • No olvidéis cerrar las ventanas y las puertas: las ventanas abiertas también puede ser una vía de entrada al edificio, no solo las particulares, sino también aquellas que dan a zonas comunes. Con las puertas ocurre lo mismo; dejar abierta la puerta de nuestra comunidad es darle acceso a todo el que pase por allí. Estad siempre atentos a que se quedan cerradas cada vez que entréis o salgáis. Para ello, podéis comprar retenedores o cierrapuertas que aumenten la seguridad.
  • Aumenta la iluminación en las zonas comunes: las horas de menos luz son los momentos del día en el que suele haber más robos. Por ello, os recomendamos que aumentéis la iluminación en las zonas comunes, no dejando ninguna a oscuras. De esta manera, podremos ver con un simple golpe de vista lo que está ocurriendo.
  • No abrir desde el porterillo a desconocidos: ocurre que muchas casas cuentan con portero automático sin cámara, por lo que es posible que le abramos al cartero sin verificar que es él. Siempre que abramos la puerta de nuestra comunidad debemos asegurarnos de que le damos paso a la persona adecuada.
  • Instalar sistemas de seguridad: sin duda alguna, una de las mejores soluciones es la de instalar un sistema de seguridad adecuado en el edificio. Es una inversión que realizan todos los propietarios y que consigue un objetivo común.
  • Revisar periódicamente el sistema de seguridad: tener un sistema de seguridad que no funciona adecuadamente es como no tenerlo. Por ello, debéis realizarles revisiones periódicas de mantenimiento; comprobar que las cámaras están en buen estado, que las alarmas saltan cuando deben saltas…

Algunos consejos son muy sencillos de seguir y, a veces, simplemente no caemos en ellos. Como administradores de fincas en Sevilla, esperamos que os hayan servido y que os ayuden a aumentar la seguridad en tu comunidad de vecinos. Si tenéis alguna duda no dudéis en poneros en contacto con nosotros llamándonos al 645 662 503 o escribiéndonos un correo electrónico a info@administramosfincas.com. ¡Estaremos encantados de ayudaros!