administradores de fincas en Sevilla

Una mascota en tu comunidad de vecinos

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, atendemos los posibles problemas que se pueden generar la presencia de mascotas en tu comunidad de vecinos

La presencia de animales en una comunidad de propietarios genera a veces algún conflicto con otros vecinos debido a los ruidos, los olores o a su presencia en las zonas comunes. En Afinmar, como administradores de fincas en Sevilla, sabemos que existe una normativa con los derechos y deberes de quienes tienen mascotas. Si se respeta, no tendrían por qué surgir problemas de convivencia.  Os recordamos el caso de Pesesín, un pequeño pez que no pudo irse de vacaciones y que fue cuidada por toda la comunidad de vecinos.

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¿Puede la Ley impedirte tener un perro en la comunidad?

La Ley de Propiedad Horizontal recoge todo lo que concierne a la vivienda y las comunidades de propietarios y no prohíbe la tenencia de animales domésticos en los domicilios particulares, aunque sí permite a los ayuntamientos limitar el número de mascotas que pueden tenerse en casa.

¿Y puede la comunidad de vecinos prohibir que entre tu perro en el edificio? Sólo en el caso de que los estatutos de la comunidad se recoja expresamente que está prohibido tener animales en la comunidad, aunque es posible impugnar esa normativa interna. De hecho, hay jurisprudencia al respecto donde priman los derechos individuales del dueño del animal. Por otra parte, no es posible modificar los estatutos para prohibir la entrada de mascotas a raíz de la llegada de un nuevo vecino porque, para ello, se exige una junta de propietarios y unanimidad en la votación, y el nuevo vecino votaría en contra.

En principio, la Ley ampara a los vecinos que quieran tener una mascota en casa y, siempre y cuando se respete la normativa de derechos y deberes, la comunidad no puede hacer nada al respecto. ¿Cuándo se considera que una mascota resulta una molestia para la comunidad? Si se saca sin correa, si se deja que ésta ladre toda la noche, si no se impide que ensucie o deteriore las zonas comunes y no se hace cargo de la reparación, el presidente de la comunidad le debe enviar una notificación oficial para que corrigiera este comportamiento. Si no lo hiciese, la junta de propietarios puede aprobar el inicio de acciones judiciales y solicitar una indemnización por daños y perjuicios. También pueden pedir una intervención administrativa al ayuntamiento para que inspectores comprueben los hechos denunciados y sean ellos los que se encarguen de hacer cumplir las ordenanzas.

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¿Cómo podemos impedir que tu mascota sea una molestia para los vecinos?

Una de las obligaciones de los dueños de una mascota es evitar molestias al resto de los vecinos con quienes convive. Cada persona tiene un grado distinto de tolerancia con los animales: hay quien tiene miedo de los perros y otros que no soportan subir en el ascensor con él. El respeto es fundamental para lograr una convivencia fluida con los vecinos. El dueño del perro es quien debe adaptarse a estas circunstancias. En el caso del ascensor, si se coincide con una persona que tiene miedo al perro, la solución es ceder el paso a ese vecino.

 

Las recomendaciones de Afinmar son: En caso de mudarse de casa, consultar con antelación los estatutos de la comunidad de vecinos; evitar, en la medida de lo posible las molestias derivadas de la tenencia del perro, como ladridos excesivos o la presencia del perro en zonas prohibidas para ellos; educar al perro para que sea respetuoso con el resto de personas y animales con quienes convive; y por último, utilizar la correa cuando corresponda y recoger los excrementos para evitar molestias a terceras personas.

Con estas pequeñas directrices y un poco de talante conseguiremos un convivencia perfecta entre vecinos tengan o no mascotas. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os invitamos a consultar todas vuestras dudas. ¡Os las resolveremos encantados!

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